Falta
voluntad.
El
sentido común no se impone:
El
12 de febrero* ha sido declarado fiesta en Barcelona. Es el segundo
festivo que podía añadir al día de la Mercè el
Ajuntament. Éste día mucha gente lo tiene programado
y se computara como 15h (es el valor doble por trabajar en festivo) y
generara un día de asuntos propios (día personal).
Otra
circunstancia es que los días 1 y 6 de Enero, ambos festivos, hay
gente programada que no es necesaria por haber caído la actividad
prevista. Ésta circunstancia es diferente y nada tiene que ver con
la del día de Santa Eulalia.
Ante
una previsión ahora innecesaria, hay dos intereses que no siempre
son coincidentes:
El
interés de la dirección técnica, de la empresa, puede verse
compensado renunciando al día de trabajo programado en festivo y así
evitando la compensación de un día personal (decisión de la
trabajadora y posible contrato de refuerzo, una asistencia, en esa
ausencia). Automáticamente se acumularía 15h que, en caso de ser
necesarias, permiten reprogramar para realizar las jornadas de 9h.
que la empresa pudiese precisar, o compensar en tiempo horas extras;
o sea, excesos de jornada. Practica que parece ignorar la empresa.
Todo esto ajustándose, perfectamente, a
las condiciones que marca y recogen el CONVENIO y el Estatuto de
los Trabajadores.
Otra
circunstancia es que la persona que tiene programado un festivo, en
que ya es prescindible, solicite un cambio por algún día que
tuviese de descanso (respetando mínimos del convenio) u otro festivo
en que hiciese falta personal y no tuviese programado inicialmente:
En
el primer caso sencillamente perdería el derecho al día personal y
aportaría 7,5h. (el equivalente a la diferencia con la jornada en
festivo ) a ese remanente de horas que permite la extensión de
jornadas o compensación de excesos de jornada.
En
el segundo caso no hay alteración alguna ni en horas ni
compensaciones. Unicamente observar que no existe obligación a
admitir un cambio así por parte de la trabajadora, ya que la empresa
no puede alterar el calendario y por tanto es imprescindible el
mutuo acuerdo.
Cualquier
propuesta de cambio de jornadas que pretenda exigir dos días, por el
festivo que estaba programado inicialmente, es una tropelía más en
la habitual manera de buscar soluciones y corregir circunstancias con
que acostumbra la Dir. Técnica y RRHH a sorprendernos.
Una
vez más se puede ver que:
Aun
reduciendo jornadas y tiempo
de trabajo es posible optimizar el rendimiento de la actividad propia
de un teatro de ópera. Y todos felices y contentos !!!
Mientras
no se manifieste la voluntad,
por parte de los directivos, de distinguir entre la fábrica de
automoción o de linea blanca y la producción en un
teatro de lírica; será difícil, por no decir imposible, que
impere el sentido común que resulta imprescindible en el Liceu.
El
personal lo ve, lo comenta, lo sufre en su carnes; ésta deficiencia
y falta de sensibilidad en los organizadores del del trabajo no ayuda
lo más mínimo a distender los climas de desconfianza existentes. Es
más de lo mismo, un déjà vu.
Cualquier
persona que no tenga un interés especial el día 1 ó 6 de enero
preferirá, aun que sea por despecho, no renunciar al día personal y
de hecho la empresa habrá desaprovechado dos jornadas en un acto de
pura obcecación especulativa sobre nuestro computo de horas anual.
Un error.
Si
no lo ven están ciegos y si no lo aprecian....será miopía!!!
BANDA
DEL FORILLO ARMADO
*
Por caer en domingo la próxima diada de Catalunya (2016), la
Gene. a puesto como fiesta oficial el “lunes de pascua”, que es
la que acompaña a la Mercè cada
año. Teniendo
que elegir otra segunda fiesta el Ajuntament
; ha recaído
el honor en la antigua patrona de Barcelona,
la Lali.
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