lunes, 21 de diciembre de 2015

¿Miopía en la técnica?


Falta voluntad.
El sentido común no se impone:

El 12 de febrero* ha sido declarado fiesta en Barcelona. Es el segundo festivo que podía añadir al día de la Mercè el Ajuntament. Éste día mucha gente lo tiene programado y se computara como 15h (es el valor doble por trabajar en festivo) y generara un día de asuntos propios (día personal).

Otra circunstancia es que los días 1 y 6 de Enero, ambos festivos, hay gente programada que no es necesaria por haber caído la actividad prevista. Ésta circunstancia es diferente y nada tiene que ver con la del día de Santa Eulalia.

Ante una previsión ahora innecesaria, hay dos intereses que no siempre son coincidentes:

El interés de la dirección técnica, de la empresa, puede verse compensado renunciando al día de trabajo programado en festivo y así evitando la compensación de un día personal (decisión de la trabajadora y posible contrato de refuerzo, una asistencia, en esa ausencia). Automáticamente se acumularía 15h que, en caso de ser necesarias, permiten reprogramar para realizar las jornadas de 9h. que la empresa pudiese precisar, o compensar en tiempo horas extras; o sea, excesos de jornada. Practica que parece ignorar la empresa. Todo esto ajustándose, perfectamente, a las condiciones que marca y recogen el CONVENIO y el Estatuto de los Trabajadores.

Otra circunstancia es que la persona que tiene programado un festivo, en que ya es prescindible, solicite un cambio por algún día que tuviese de descanso (respetando mínimos del convenio) u otro festivo en que hiciese falta personal y no tuviese programado inicialmente:
En el primer caso sencillamente perdería el derecho al día personal y aportaría 7,5h. (el equivalente a la diferencia con la jornada en festivo ) a ese remanente de horas que permite la extensión de jornadas o compensación de excesos de jornada.
En el segundo caso no hay alteración alguna ni en horas ni compensaciones. Unicamente observar que no existe obligación a admitir un cambio así por parte de la trabajadora, ya que la empresa no puede alterar el calendario y por tanto es imprescindible el mutuo acuerdo.

Cualquier propuesta de cambio de jornadas que pretenda exigir dos días, por el festivo que estaba programado inicialmente, es una tropelía más en la habitual manera de buscar soluciones y corregir circunstancias con que acostumbra la Dir. Técnica y RRHH a sorprendernos.

Una vez más se puede ver que:
Aun reduciendo jornadas y tiempo de trabajo es posible optimizar el rendimiento de la actividad propia de un teatro de ópera. Y todos felices y contentos !!!
Mientras no se manifieste la voluntad, por parte de los directivos, de distinguir entre la fábrica de automoción o de linea blanca y la producción en un teatro de lírica; será difícil, por no decir imposible, que impere el sentido común que resulta imprescindible en el Liceu.

El personal lo ve, lo comenta, lo sufre en su carnes; ésta deficiencia y falta de sensibilidad en los organizadores del del trabajo no ayuda lo más mínimo a distender los climas de desconfianza existentes. Es más de lo mismo, un déjà vu.

Cualquier persona que no tenga un interés especial el día 1 ó 6 de enero preferirá, aun que sea por despecho, no renunciar al día personal y de hecho la empresa habrá desaprovechado dos jornadas en un acto de pura obcecación especulativa sobre nuestro computo de horas anual. Un error.

Si no lo ven están ciegos y si no lo aprecian....será miopía!!!

BANDA DEL FORILLO ARMADO

* Por caer en domingo la próxima diada de Catalunya (2016), la Gene. a puesto como fiesta oficial el “lunes de pascua”, que es la que acompaña a la Mercè cada año. Teniendo que elegir otra segunda fiesta el Ajuntament ; ha recaído el honor en la antigua patrona de Barcelona, la Lali.

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